Este proceso busca que tanto las personas que eligieron equivocadamente el régimen de cuentas individuales (AFORE) como las personas a quien se les impuso dicho régimen de pensión, puedan cambiarse al régimen décimo transitorio de la Ley del ISSSTE.
1. Haber elegido o encontrarse en el régimen pensionario de “cuentas individuales”.
2. Haber empezado a cotizar antes del 31 de marzo de 2007.
3. Ser trabajador activo con los requisitos para pensionarse ya sea por cesantía, jubilación o edad y tiempo de servicio.
1 Juego de copias de los siguientes documentos
INE (Vigente)
CURP
Estado de cuenta PENSIONISSSTE
Estado de cuenta AFORE
Comprobante de domicilio
En un sobre cerrado con sus datos de localización (Nombre, teléfono y domicilio) con la leyenda "Cambio de régimen"
En caso de resultado positivo por incompatibilidad se cobrará $50,000.00 MXN además del 30% del retroactivo
Una vez entregada la papelería el cliente se compromete a comunicarse cada 3 meses para actualización de datos y estatus de su expediente